Nuevo decreto Ejecutivo de Transito (Importante).

Aprovechando que ayer tuvimos un excelente compartir de navidad y que fue aprovechado por alguien para hacer una consulta legal sobre un hecho de transito que le habia ocurrido.Tengo la obligacion de enviarles el Decreto Ejecutivo No. 958 de 10 de diciembre 2010, aparacido hoy lunes 13 en la Gaceta Oficial, y que comienza a regir mañana,

 

 

 

Les paso esta informacion para que no caigan en el abuso de la autoridad de Transito. No deseo brindarle mi opinion sobre este Decreto porque prefiero que ustedes mismos se la formulen, pero les hare el siguiente resumen:
 
- A partir de mañana tienen que tener en su vehiculo el Formato Unico y Definitivo de Transito.
 
- Al momento de colisionar un vehiculo, debe tomar fotos y mover su vehiculo de la calle, siempre y cuando no haya heridos.
 
-Los conductores llenaran un Formato Unico y Definitivo de Transito, indicando quien se hace responsable. Si no se ponen de acuerdo hay que llamar al transito para que el agente elabore el Parte, en base a las fotos y al Formato (Art. 6)
 
-Si los conductores no mueven sus vehiculos, se les multara con $50.00 (art.7)
 
-El Formato se debe enviar a la Cìa de Seguors para tramitar el Reclamo (art.8)
 
-Las personas naturales o juridicas sobre las que recaign la responsabilidad podran solcitar el levantamiento del parte polcivo dentro delos 8 dias siguientes al accidente. En esots caso se remitira el Parte al Juzgado de Transito ( art.9)
 
- Despues de elaborado el fomato la persona tiene 8 dias para impugnar el Formato (art.10)
 
-Pero antes de impugnar el Formato las asegurados deveran evaluar primero  el reclamo (art.11)
 
-Si el automovil no tiene poliza se le multa con $100.00, si el conductor no lleva copia de la Poliza la multa es de $50.00 y se le retiene el vehiculo.

- Este decreto comienza a regir a partir de la promulgacion osea MAÑANA.

Descargalo aqui e imprimelo ya!

 

 

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