Se duplican gastos de panameños.

Si usted es propietario de un apartamento, tiene plazo hasta hoy para pagar el Impuesto de Inmueble sobre Edificios de Propiedad Horizontal, o de lo contrario, tendrá que pagar intereses y recargos acumulativos...

 

 

 

 

 

 

Antes, los dueños de terrenos de propiedad horizontal estaban exonerados del pago de Impuesto de Inmueble, pero ahora, con la Ley 8 de 15 de marzo de 2010, que reformó el Código Fiscal, no es así.

En otras palabras, aunque usted haya acabado de comprar un apartamento y este está exonerado del Impuesto de Inmueble, por 15 ó 20 años, igual usted debe pagar hoy, el impuesto en cuestión por el terreno donde está ubicado el edificio, o de lo contrario, se le irán acumulando recargos e intereses.

Se paga entonces lo que cuesta el terreno dividido entre los propietarios de apartamentos. Una disposición de la cual no se ha dado suficiente divulgación, se quejaron en Noticias AM de TVN, José Díaz y Emilia Nicholson, de la Asociación de Bienes Raíces.

Los gastos en realidad se han duplicado para el propietario. Nicholson explicó que una vez vencido el periodo de exoneración, si el dueño de apartamento, pagaba en impuesto, 48 dólares cada 4 meses, ahora pagará 186 dólares con 88.

 


 

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