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Gobierno reglamenta horario de centros nocturnos 'Ley Zanahoria'.

El Gobierno aprobó esta noche, el Decreto Ejecutivo No.1424, que ordena a las gobernaciones reglamentar el horario de funcionamiento de los centros nocturnos en todo el país...

 

 

 

 

 

La nueva Ley Zanahoria, primera vez implantada en Panamá, dice que que los centros nocturnos operarán en horario de domingo, lunes, martes y miércoles desde las 9 de la mañana hasta las 2 de la madrugada. Y los jueves, viernes y sábados desde las 9 de la mañana hasta las 3 de la madrugada.

El documento, que lleva la firma del presidente de la República, Ricardo Martinelli y el ministro de Seguridad Pública encargado, Alejandro Garuz, habla de reglamentar el horario de funcionamiento de centros nocturnos tales como discotecas, bares, cantinas, bodegas, bohios, jardines, salas de baile, parrilladas y billares o cualquier sitio donde se consuma bebidas alcohólicas en todo el país.

El Decreto, que ya está vigente y aparece en la Gaceta Oficial 26909-E, establece que a la hora del cierre los establecimientos deberán apagar la música y encender las luces del local.

La norma tiene sus excepciones. Los locales ubicados dentro de hoteles debidamente autorizados para operar como tales y la excepción por el cumplimiento de los días feriados y festivos, como 24 y 31 de diciembre, carnavales, fiertas patronales.

Dicho horario se aplicará a todo centro nocturno que se dedique al expendio o consumo de bebidas alchohólicas en todo el países decir: discotecas, bares, cantinas, bodegas, bohíos, boites, jardines, salas de baile, parrilladas, billares o cualquier sitio exceptuando a los locales ubicados dentro de los hoteles

Asimismo, se faculta a las alcaldías para que establezcan sanciones o multas aplicables por el incumplimiento del decreto vigente. Esta regulación, conocida popularmente como Ley Zanahoria , se creó atendiendo al incremento de la violencia y accidentes de tránsito en los últimos meses.

 

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